Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 089/2000
Fecha: 18-Dic-2000
I.5
I.5 Que existe contradicción entre los funcionarios de la Gaceta Oficial de Bolivia acerca de la fecha exacta de publicación del Reglamento cuya constitucionalidad objeta, puesto que "para unos es el 23 de marzo de 2000 (fecha de su impresión), para otros, el 24 de julio de 1997, el mismo de la publicación del Decreto aprobatorio", siendo este último un dato incierto porque en julio de 1997 el Reglamento no estaba impreso menos editado; al margen de estas consideraciones, estima que lo "jurídicamente cierto, a efectos de la seguridad jurídica, debería ser que el propio texto del Reglamento contenga de manera completa y precisa su fecha de publicación".
- VISTOS :
- CONSIDERANDO I
- I.1
- I.2
- I.3
- I.4
- I.5
- I.6
- II.1
- II.2
- III.1
- III.2
- IV.1
- IV.2
- IV.3 Que a solicitud de este Tribunal, el Jefe de la Gaceta Oficial de Bolivia emitió la certificación de 3 de noviembre de 2000, en la que expresa: "Que previa verificación de los registros en Archivo, se evidencia: 1.- El Reglamento para el Diseño, Construcción, Operación y Abandono de Ductos, fue publicado en Edición Especial - Tomo VI 1ra. Edición 1997 de fecha 24 de julio de 1997" (fs. 58).
- IV.4
- IV.5
- IV.6
- IV.7
- IV.8
- IV.9
- CONSIDERANDO V
- POR TANTO:
- Regístrese y devuélvase.