Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 037/2001
Fecha: 01-Jun-2001
I.2.
I.2. Que las facultades y atribuciones de los Consejos de Administración y Vigilancia previstos en los arts. 68 y 80 del Estatuto están siendo ejercidas inconstitucionalmente por el Interventor René Bustillos Portocarrero, actual Director de Operaciones de la Superintendencia, designado conforme a la Resolución Administrativa Nº 2000/709 de 18 de agosto de 2000 -que dispuso la intervención preventiva de COTEL por el plazo de 90 días- quien debía ejercer sus funciones conforme a la Ley de Telecomunicaciones y de los arts. 104 y 106 del D.S. Nº 24132 Reglamentario.