Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 66/2001
Fecha: 07-Ago-2001
VISTOS:
VISTOS: El Recurso Directo de Nulidad interpuesto por Janeth Noemy Paniagua Villa contra Norah Matienzo de López, Delegada Jurídica Distrital del Consejo de la Judicatura de Santa Cruz, Pablo José Suárez Álvarez, Jefe del Departamento del Régimen Disciplinario, Fernando Pinto Suárez, Investigador de la Unidad de Investigación de la Delegación Jurídica, Yalile Facusse Chaín, Jefe del Departamento de Servicios Judiciales y Zenón Rodríguez Zeballos, Juez Décimo de Instrucción en lo Penal, los antecedentes remitidos por la autoridad recurrida; y:
- Partes
- VISTOS:
- I.1.
- a) Ilegalidad e incompetencia del allanamiento y requisa efectuadas por el investigador.
- (URD)
- c) Incompetencia del Jefe del Departamento de Régimen Disciplinario para emitir un informe como Comisión Investigadora.
- d) Incompetencia de la Delegada Jurídica del Consejo de la Judicatura para disponer medidas cautelares.
- e) Incompetencia de las actuaciones del Tribunal Sumariante por la ilegalidad en la designación de sus miembros.
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- IV.1.
- IV.2.
- IV.4.
- Delegados Distritales
- instruirá cuando corresponda al Inspector o Asesoría Legal de la Delegación
- allanar oficinas y cuanto recinto judicial sea pertinente con orden escrita del Pleno del Consejo de la Judicatura.
- la investigación se efectúe en los demás distritos,
- por tres funcionarios judiciales
- VI.1.
- VI.2.
- VI.3.
- VI.4.
- VI.5.
- Que el art. 79 del Reglamento de Procesos Disciplinarios del Poder Judicial, reconoce expresamente como facultad del Tribunal Sumariante la imposición de medidas precautorias; en consecuencia, la Delegada Distrital, al haber dispuesto medidas precautorias contra la recurrente, consignada en el art. 3 de la Resolución Nº 17/91 de 18 de abril de 2001, actuó sin jurisdicción y competencia, por tanto esa determinación es nula.
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