Iván Guzmán de Rojas, Alfredo Bocangel Peñaranda, Alcira Espinoza de Villegas, Jorge Lazarte Rojas y Armando Mariaca Valdéz; Presidente, Vicepresidente y Vocales de la Corte Nacional Electoral, respectivamente; demandando la nulidad de la Resolución
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Iván Guzmán de Rojas, Alfredo Bocangel Peñaranda, Alcira Espinoza de Villegas, Jorge Lazarte Rojas y Armando Mariaca Valdéz; Presidente, Vicepresidente y Vocales de la Corte Nacional Electoral, respectivamente; demandando la nulidad de la Resolución

Fecha: 03-Sep-2001

VISTOS:

VISTOS: El Recurso Directo de Nulidad, interpuesto por Gastón Cárdenas Balboa y Julio Julián Paco Ninaja, Concejales Titulares del Municipio de Achocalla, Tercera Sección de la Provincia Murillo contra Iván Guzmán de Rojas, Alfredo Bocangel Peñaranda, Alcira Espinoza de Villegas, Jorge Lazarte Rojas y Armando Mariaca Valdéz; Presidente, Vicepresidente y Vocales de la Corte Nacional Electoral, respectivamente; demandando la nulidad de la Resolución Nº 078/2001 de 22  de mayo de 2001 por haber sido dictada sin competencia;  y

VISTOS: La solicitud de aclaración y enmienda planteada por  Gastón Cárdenas Balboa, Julio Julián Paco Ninaja, Concejales Titulares del Municipio de Achocalla, Tercera Sección de la Provincia Murillo dentro del Recurso Directo de Nulidad que interpusieron contra Iván Guzmán de Rojas, Alfredo Bocangel Peñaranda, Alcira Espinoza de Villegas, Jorge Lazarte Rojas y Armando Mariaca Valdez, Presidente, Vicepresidente y Vocales de la Corte Nacional Electoral, respectivamente,  los antecedentes arrimados al expediente; y