SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 73/2001
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL N° 73/2001

Fecha: 24-Sep-2001

III.4.

III.4. Que, por carta STR 1678/2001 de 287 de junio de 2001, el Superintendente de Transporte se dirige al Presidente del Concejo Municipal de Santa Cruz indicándole su plena conformidad con el proyecto del Convenio Interinstitucional que le envió donde se establecen claramente las responsabilidades tanto del Gobierno Municipal de Santa Cruz de la Sierra como de la Superintendencia de Transportes, correspondiéndole a esta última la fiscalización de las actividades del Servicio del Transporte Público Automotor Urbano de Santa Cruz, proteger los intereses de los usuarios, velar por las disposiciones antimonopólicas, llevar un registro de licencias, establecer estándares técnicos para mejorar la calidad de los servicios, la regulación de tarifas, sancionar las infracciones de las normas regulatorias, constituir el Fondo de Desarrollo de Transporte Automotor Urbano de Santa Cruz y elaborar un plan para la implantación gradual del Servicio de Revisión Técnica de Vehículos destinados al transporte público automotor.