SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1201/2002 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1201/2002 - R

Fecha: 08-Oct-2002

III.2

III.2   Que, en el caso, planteada la demanda ejecutiva contra el Banco, estuvo y está sustentada en títulos valores constituidos en los certificados de depósito a plazo fijo emitidos por el Banco representado, quien conforme a la permisión que le otorga la Ley anteriormente se había negado a hacer efectivo el pago de los mismos, por cuanto la titular originaria informó a la entidad bancaria que le habían sido sustraídos; empero, al pretender la reposición, este acto fue objetado por la supuesta endosataria -demandante del Banco-, situación que respaldó al banco a negar el pago, e informarles a ambas partes que debían acudir a la justicia ordinaria a fin de que esa instancia ordene la reposición; en los hechos a que se dilucide la veracidad o no del endoso que la demandante entonces alegaba como cierto y legítimo en su favor; por su parte, la supuesta endosante al negar su firma, se vió en la necesidad de demandar junto a otros en proceso ordinario la nulidad y anulabilidad de los endosos.