Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1201/2002 - R
Fecha: 08-Oct-2002
Ricardo Yamil Baddour Dabdoub y Mauricio Eduardo Murillo Maldonado, en representación legal del Banco de la Unión S.A.
En revisión la Resolución de 1 de agosto de 2002, cursante a fs. 250, pronunciada por Conjueces de la Corte Superior de Santa Cruz, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Ricardo Yamil Baddour Dabdoub y Mauricio Eduardo Murillo Maldonado, en representación legal del Banco de la Unión S.A. contra Oscar Jesús Menacho Angeleri, Juez Primero de Partido en lo Civil y Comercial, alegando la vulneración de los derechos y garantías al debido proceso, a la defensa, a la publicidad y a la probidad, previstos en los arts. 16, 81-II y 110-X de la Constitución Política del Estado (CPE);
- Ricardo Yamil Baddour Dabdoub y Mauricio Eduardo Murillo Maldonado, en representación legal del Banco de la Unión S.A.
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- Oscar Jesús Menacho Angeleri, Juez Primero de Partido en lo Civil y Comercial
- I.2.1
- (fs. 206-207)
- improcedente
- (fs. 253)
- (fs. 1922)
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- a)
- III.1
- III.2
- III.3
- III.4
- III.5
- III.6
- 2º