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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1257/2002-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1257/2002-R

    Fecha: 21-Oct-2002

    II.1.

    II.1.    De acuerdo a la minuta de reconocimiento de firmas suscrita en 30 de junio de 1989 (fs. 11 a 14), Emma Hortensia Méndez Torrico, en representación de Gustavo Méndez Khum, transfirió a favor de “Capítulo Tunari” de la Orden Rosacruz, (A.M.O.R.C.),  305 metros cuadrados del  inmueble y construcciones  ubicado en calle Beni 134 de Cochabamba.

    • María Claudia Bustos Roca y otros, en representación del Centro Cultural Rosacruz “A.M.O.R.C.”
    • I.1.1.   Hechos que motivan el recurso.
    • I.1.3. Persona  recurrida y petitorio.
    • a)
    • PROCEDENTE
    • II.1.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.    En el cuaderno procesal del presente recurso no existe constancia alguna que acredite que el recurrido habría colocado candados a las puertas de ingreso del templo Rosacruz, así como tampoco se tiene evidencia de que les haya impedido el ingreso al mismo ni que los recurrentes hayan acudido ante  otra autoridad para efectuar el reclamo que hacen ahora.
    • III.1
    • III.2.
    • III.3.  Si bien este Tribunal ha establecido
    • III.4.
    • III.5.
    • III.6.
    • III.7.
    • III.8.
    • REVOCA

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