SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1257/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1257/2002-R

Fecha: 21-Oct-2002

II.4.

II.4.    El desistimiento también fue presentado por el ahora recurrido, ante el Juez Cuarto de Partido en lo Civil (fs. 118), ante quien  también  interpuso demanda ordinaria contra los recurrentes, autoridad que lo aceptó y dispuso el archivo de obrados por Auto de 20 de abril de 2000 (fs. 119 vta.). Ante el memorial de rechazo de desistimiento presentado por los representantes de la Orden demandada,  el  citado Juez, a través del Auto de 29 de junio de 2000 (fs.122), expresó que el Auto  de 20 de abril era definitivo y al haber concluido el proceso con el desistimiento,  “aplicando el art. 305 del P.C., no requiere la conformidad  de los demandados”.