SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1381/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1381/2002-R

Fecha: 18-Nov-2002

III.2.

III.2.  El Estatuto del Sindicato de Transportistas “Santa Cruz”, en su art. 11,  expresa que los socios que no se desempeñen correctamente como miembros del Sindicato, serán  pasibles a las sanciones de: a) Amonestación con llamada de atención; b) Multas pecuniarias y suspensión temporal al socio; c) Suspensión temporal de sus derechos sindicales y condición de afiliado; d) Expulsión definitiva de los derechos sindicales y condición de afiliado en casos graves; e) Reversión del interno o derecho de línea a favor del Sindicato.