SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1381/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1381/2002-R

Fecha: 18-Nov-2002

Tribunal de Honor

            El art. 12 establece que para juzgar la aplicación de las sanciones, se tendrá permanentemente constituido el Tribunal de Honor, el cual estará conformado por los tres secretarios de conflictos elegidos y tres miembros de base, nominados y posesionados en la primera asamblea ordinaria del directorio entrante.