SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1381/2002-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1381/2002-R

Fecha: 18-Nov-2002

no se puede aplicar una norma aunque esté vigente cuando ésta es contraria a la Constitución.

“...Que con la misma perspectiva pero desde otra óptica, a lo anterior  no se puede aplicar una norma aunque esté vigente cuando ésta es contraria a la Constitución.  En la especie si bien como ya se estableció la Asamblea General del Sindicato “6 de mayo” tiene la facultad de expulsar definitivamente a los socios, tal atribución no puede ser ejercida si esa medida no está precedida de un proceso conforme al art. 16 constitucional” (las negrillas son nuestras).