Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 495/2002-R
Fecha: 30-Abr-2002
Fragmento 4
Alega que el mencionado Fiscal ilegalmente dio la calidad de víctima a Teófilo Uzagaste “por el sólo hecho de haber fallecido en el ilícito”, dejando de lado lo dispuesto por el art. 27 de la Ley Nº 1970, y sin considerar que la muerte del imputado no lo convierte de ninguna manera en víctima, habiendo realizado una interpretación errónea tomando como víctimas a los imputados que dieron muerte a siete personas, entre ellas a un niño, y ocasionaron muchos heridos.
- Partes:
- VISTOS:
- 1.
- Fragmento 4
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- a)
- Fragmento 8
- Fragmento 9
- 3.
- 4)
- 5)
- 6) El escrito presentado el 18 de enero de 2002
- 7)
- CONSIDERANDO:
- cuando el proceso se haya iniciado, el querellante se someterá al estado en que se encuentre, sin retrotraer el trámite.
- la Asamblea Permanente de Derechos Humanos se ha apersonado ante el Tribunal de Sentencia, quien ha aceptado su calidad de víctima
- POR TANTO: