SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 55/2002
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 55/2002

Fecha: 03-Jul-2002

III.5

III.5 El Recurso Directo de Nulidad planteado por el demandante, tiene como argumento la utilización por parte del Tribunal Arbitral, del Procedimiento de 1999 y no el de 1993, o sea que no objeta ni cuestiona la competencia y jurisdicción del Tribunal Arbitral, pues éste se conformó de acuerdo a las reglas del Procedimiento Arbitral vigente de la CAINCO y a la cláusula compromisoria suscrita entre las partes, por lo que el Tribunal que conforman tenía plena competencia para conocer y resolver el proceso, que concluyó con el Laudo Nº 011/2002 de 27 de febrero de  2002.