SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 55/2002
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 55/2002

Fecha: 03-Jul-2002

IV.3

IV.3  La Directora Ejecutiva del mencionado Centro, en 13 de diciembre de 2000 (fs. 1285), resolvió recepcionar la demanda y convocó a las partes a proceder a la designación de los árbitros, de la Nómina Oficial de Árbitros de esa entidad. El demandado opuso, en  21 de diciembre de 2000 (fs. 1288), la excepción de incompetencia y pidió declinatoria “por haberse operado la prescripción”. La mencionada Directora del Centro de Conciliación y Arbitraje, por carecer de facultad para resolverla, la recibió, disponiendo sea conocida y resuelta por el Tribunal Arbitral una vez conformado.