SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 55/2002
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 55/2002

Fecha: 03-Jul-2002

V.1

V.1   La conciliación constituye un procedimiento al que las personas naturales o jurídicas se someten para lograr la solución de mutuo acuerdo sobre cualquier controversia susceptible de transacción, antes o durante la tramitación de un proceso judicial. El procedimiento de la conciliación se basa en la designación de un tercero imparcial e independiente, que tiene la función de facilitar la comunicación y relacionamiento de las partes en conflicto.

          El arbitraje es un procedimiento en el cual, las partes entre quienes existe una cláusula compromisoria al efecto, someten sus diferencias al trámite de un proceso realizado ante un Tribunal conformado  por árbitros designados por ellos, de acuerdo a la Ley especial que rige a tal fin y según el Reglamento pertinente.