Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1175/2002 - R
Fecha: 26-Sep-2002
III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
Que, los recurrentes denuncian la vulneración de los derechos a la defensa, a la seguridad jurídica, al debido proceso y a la propiedad previsto en el art. 7-a)-i), 16 y 22 CPE, con el argumento de que el recurrido ha librado mandamiento de desapoderamiento en su contra dentro de un juicio ordinario, en el cual, no fueron demandados ni notificados con ningún actuado; empero, al momento se encuentran despojados de su inmueble, no obstante que presentaron incidente de oposición, que hasta la fecha no ha sido resuelto; por lo que corresponde dilucidar si dicho acto es indebido y si lesiona los derechos referidos, a fin de conceder o no la tutela solicitada.
- Luis Vladimir y Yossif Barrientos Claros
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- a)
- (fs. 84-85)
- improcedente
- II.1
- II.2
- II.3
- II. 4
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- “las disposiciones de la Sentencia sólo comprenderán a las partes que intervienen en el proceso y a las que trajeren o derivaren sus derechos de aquellas”.
- III.3
- III.4
- III.5
- III.6