SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1175/2002 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1175/2002 - R

Fecha: 26-Sep-2002

improcedente

Concluida la audiencia la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Cochabamba, declaró improcedente el recurso con el fundamento siguiente: a) que los recurrentes y su padre se enteraron de la existencia del mandamiento el 13 de noviembre de 2001, lo cual se corrobora con otro memorial de 8 de mayo de 2002, por lo que a la fecha de presentación del recurso han transcurrido siete meses, lo cual desnaturaliza la inmediatez del mismo;  b) que es de aplicación el art. 96-1) LTC, dado que los recurrentes por una parte han reconocido haber planteado un incidente y por otro haber anunciado recurso de revisión extraordinaria de sentencia y c) que al existir sentencia ejecutoriada, su ejecución no puede ser suspendida conforme al art. 517 CPC.