Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1175/2002 - R
Fecha: 26-Sep-2002
Luis Vladimir y Yossif Barrientos Claros
En revisión la Resolución 35/2002 de 31 de julio de 2002, cursante de fs. 89 a 91, pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Cochabamba, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Luis Vladimir y Yossif Barrientos Claros contra Mario Jeréz Calle, Juez Sexto de Partido en lo Civil; alegando vulneración de los derechos a la defensa, a la seguridad jurídica, al debido proceso y a la propiedad, previstos en los arts. 7-a)-i), 16 y 22 de la Constitución Política del Estado (CPE);
- Luis Vladimir y Yossif Barrientos Claros
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- a)
- (fs. 84-85)
- improcedente
- II.1
- II.2
- II.3
- II. 4
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- “las disposiciones de la Sentencia sólo comprenderán a las partes que intervienen en el proceso y a las que trajeren o derivaren sus derechos de aquellas”.
- III.3
- III.4
- III.5
- III.6