SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0034/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0034/2003-R

Fecha: 14-Ene-2003

correspondía al Fiscal, ahora recurrente, ejercer la acción penal pública

            El caso presente es emergente de un fenecido proceso penal seguido por el gravísimo delito de violación a una niña de cinco años de edad, en mérito de lo que correspondía al Fiscal, ahora recurrente, ejercer la acción penal pública, sin perjuicio del retiro de denuncia de la madre de la víctima. Se deduce que el Fiscal formuló la acusación porque entendió que tenía los medios probatorios necesarios para sostenerla en la etapa del juicio oral; dicho de otro modo, la presentación de la acusación fiscal conlleva a pensar que esa autoridad contaba con los elementos imperiosos para proceder al enjuiciamiento del sindicado. Empero, una vez celebrada la transacción entre la madre de la víctima y el agresor de ésta, el Fiscal, en contra de la disposición legal anotada y en franco incumplimiento al rol que el ordenamiento jurídico le encomienda, retiró su acusación, dando lugar a que el Tribunal dicte Sentencia Absolutoria a favor del imputado, resolución en la que se dispuso el pago de costas contra el Fiscal, a favor del Estado y del sindicado.