SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0034/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0034/2003-R

Fecha: 14-Ene-2003

pero dejó que tal resolución  cobre ejecutoria

            La Sentencia antedicha pudo ser objeto de apelación por parte del recurrente -recurso en el que el Fiscal tenía la oportunidad de reclamar el incumplimiento del art. 266 CPP- pero dejó que tal resolución  cobre ejecutoria, aceptando la imposición de costas, como él mismo lo ha reconocido en forma libre, expresa y categórica en su memorial de 4 de octubre de 2002 (fs. 47 a 49), no pudiendo pretender ahora fundar su recurso en el alegado de desconocimiento de lo dispuesto por el art. 266 CPP, porque -se reitera- una vez conocida la Sentencia del proceso penal, aceptó la condenación en costas, razón por la que deberá aplicarse el art. 96-2) LTC que determina que este recurso  no procede contra los actos consentidos libre y expresamente, constituyendo éste el fundamento que determina la improcedencia del amparo.