SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1721/2003-R
Fecha: 25-Nov-2003
II.2
II.2 El aludido Consejo, mediante Resolución 063/01 de 4 de mayo de 2001 (fs. 11 a 13), suspendió las operaciones en zona franca de la empresa concesionaria ZOFRASMAT S.A. por el plazo de seis meses, computables a partir de la notificación con esa decisión, agregando que vencido el plazo de suspensión temporal, la empresa concesionaria, en el desarrollo de sus actividades, deberá dar cumplimiento a la disposiciones legales aplicables dentro del Régimen de Zonas Francas. Se observa una firma de recepción en 23 de mayo de 2001, de modo que, conforme certifica el Ministro de Comercio Exterior e Inversión, como Presidente del CONZOF en 28 de diciembre de 2001 (fs. 22), la suspensión se cumplió en 23 de noviembre de ese año.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- II. 1
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- II.6
- II.7 Mediante escrito de 22 de julio de 2003 (fs. 127), la empresa recurrente solicitó al Presidente del CONZOF,
- II.8
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- inciso c)
- 1)
- en actual funcionamiento,
- la aludida Resolución Biministerial manda que las zonas francas en funcionamiento y en construcción cumplan los requisitos que señala en el artículo segundo de la citada Resolución
- III.2
- ZOFRASMAT S.A recién mediante escrito de 22 de julio de 2003
- III.3
- Ley 2341 de Procedimiento Administrativo
- el recurrente no está en calidad de administrado frente a los actos de los recurridos
- APRUEBA