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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0020/2003
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0020/2003

    Fecha: 28-Feb-2003

    I.3.1.

    I.3.1.  Que, los arts. 1, 2 y 3 del DS 26701 impugnados de inconstitucionales, tienen como presupuesto jurídico la existencia de empleadores que no pagaron las contribuciones a las AFPs (encontrándose en gestión de cobro o proceso ejecutivo social) y en el periodo de su mora la existencia de un grupo de trabajadores que sufrieron la invalidez o muerte sea por riesgo común o profesional.

    • Juan Luis Choque Armijo, Senador Nacional de la República,
    • I.1.1.
    • I.1.2.
    • I.1.3.
    • I.1.4.
    • I.3.1.
    • I.3.2.
    • I.3.3.
    • I.3.4.
    • I.3.5.
    • I.3.7.
    • “ARTICULO 1.- (SOLICITUD DE COBERTURA EXTRAORDINARIA).
    • “ARTICULO 2.- (EFECTOS DEL PAGO DE CONTRIBUCIONES EN MORA).
    • “ARTICULO 3.- (FINANCIAMIENTO DE LAS PRESTACIONES EXTRAORDINARIAS).
    • II.1.
    • II.2.
    • asegurándole la continuidad de sus medios de subsistencia
    • III.3.

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