SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0280/2003- R
Fecha: 11-Mar-2003
III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
Que el recurrente solicita tutela de los derechos de su representado al trabajo y a no ser condenado sin ser oído y juzgado, previstos en los arts. 7-d) y 16-IV CPE, denunciando que los mismos han sido vulnerados por la Sala de Consulta y Apelación del Tribunal Supremo de Justicia Militar, dado que indebidamente y sin notificarle con ningún actuado, reprodujo pruebas que ya habían sido valoradas y otras nuevas sin su presencia dictando finalmente resolución condenatoria con la cual no se le notificó por una parte, por otra que el Tribunal Supremo de Justicia Militar aún reconociendo que la citada Sala infringió el art. 142 CPPM al producir pruebas sin su presencia, declaró improcedente el recurso de revisión que planteó. En consecuencia, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen un acto ilegal lesivo de los derechos fundamentales referidos, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.
- Waldo Molina Gutiérrez, en representación de Nilo Orlando Monje Ruíz
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- Jorge Moreira Rojas, Luis Claure Acuña, Marcelo Bonardi Jurado, José L. Bacarreza Inda, José Lacerna Requis, Presidente y Vocales de la Sala de Casación y Única Instancia del Tribunal Supremo de Justicia Militar y, Oscar Azcárraga Coronado, Jesús Ovando Balderrama y Juan Lucio Gallardo Alba, Presidente y Vocales de la Sala de Apelaciones y Consulta del Tribunal Supremo de Justicia Militar
- I.2.1
- a)
- improcedente
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- III.3
- III.4
- III.5
- III.6
- APRUEBA en parte