SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0029/2003
Fecha: 02-Abr-2003
RA SSC/IRJ/006/2002 de 5 de febrero de 2002
Resulta imprescindible dejar sentado que Nelson Vera Ossio tiene la condición de servidor público sujeto a la carrera administrativa, pese al “agradecimiento de servicios” que se le hizo por memorando YGY/CB/0843/01 de 12 de octubre de 2001 (fs. 290), en mérito a que la RA SSC/IRJ/006/2002 de 5 de febrero de 2002 (fs. 138 a 142), dispuso la reincorporación de Nelson Vera Ossio a sus funciones de Jefe Administrativo de AASANA, siendo responsabilidad de esa institución el no haber dado cumplimiento a esa orden -que se encuentra absolutamente vigente y ejecutoriada- ya que inclusive el amparo constitucional que ésta planteó contra dicha Resolución Administrativa fue declarado improcedente por no haber agotado previamente la vía legal prevista a tal fin.
De todo lo examinado, se concluye que Walter Guevara Anaya, Superintendente General del Servicio Civil, al emitir la Resolución Administrativa SSC/IRJ/062/2002 de 2 de diciembre de 2002 -objetada por el actor- ha actuado con plena jurisdicción y competencia, no siendo evidentes las ilegalidades acusadas en la demanda.
- recurso directo de nulidad
- I.1.1.1.
- I.1.1.2.
- I.1.1.3.
- I.1.1.4.
- I.1.1.5.
- admitió
- I.3.1.
- I.3.2.
- I.3.3.
- I.3.4.
- I.3.5.
- I.3.6.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4. La RA SSC/IRJ/006/2002 de 5 de febrero de 2002
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.11.
- II.12
- II.13
- II.14 La Resolución Administrativa SSC/IRJ/062/2002 de 2 de diciembre de 2002
- III.1
- III.2
- DS 23318-A
- Los funcionarios de carrera
- DS 26319 de 15 de septiembre de 2001
- para el ejercicio de los recursos de revocatoria y jerárquico emergentes de procesos internos a funcionarios de carrera, se aplicarán los plazos
- cinco días siguientes a su notificación
- admitido. A momento de admitir el recurso, el Superintendente
- III.3
- Sin embargo
- a horas 12:00 del 11 de septiembre de 2002
- ha actuado con plena competencia
- RA SSC/IRJ/006/2002 de 5 de febrero de 2002