SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0053/2003
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0053/2003

Fecha: 11-Jun-2003

b)

b)      Asevera que la firma “Berthin Amengual & Asociados” S.R.L. ha sido perjudicada con el registro de dicho Pliego de Cargo en la Contraloría General de  la República, que ha consignado un adeudo que está impugnado en un proceso judicial, dando validez a un Pliego de Cargo nulo de pleno derecho, pues  fue emitido sin jurisdicción ni competencia, dado que no existe aún un monto definitivo que pueda ser cobrado porque ese aspecto será definido en  estrados judiciales, contando a la fecha el proceso contencioso tributario con Sentencia 041/2002 que declaró probada en parte su demanda, disminuyendo considerablemente el  monto que presuntamente se adeudaría.

b)  Indica que la información que se registra en la base de datos de la Unidad de Registros de la Contraloría  presenta un fiel reflejo de los documentos remitidos por las unidades jurídicas de las diferentes reparticiones estatales sujetas a control gubernamental, y el certificado que se emite como resultado de la recepción de la documentación referida, consigna procesos y cargos pendientes, no sentencias pasadas en autoridad de cosa juzgada. De tal modo, resultan documentos suficientes para fines de registro, entre otros, las copias de los Pliegos de Cargo emitidos por el SIN, que previa certificación de autenticidad, permiten a ese control  gubernamental consigne el cargo como válido y por tanto, a partir de ese momento, la persona natural o jurídica reportada por la entidad pública, figura en los registros fiscales con requerimiento de pago pendiente.

b)  Efectuando una relación  de lo acontecido, indican que en 4 de enero de 2002, el SIN notificó a “Berthin Amengual y Asociados” con la Resolución Determinativa (RD) 025/2001, en 18 de enero de 2002 la empresa referida  interpuso demanda contencioso tributaria contra dicha Resolución, siendo admitida por el Juez Administrativo en 25 de enero de 2002. Empero, la Gerencia GRACO - La Paz recién fue notificada con tal demanda el 18 de febrero de 2002, cuando en el ínterin de esos plazos, concretamente el 23 de enero de 2002, emitió el Pliego de Cargo 04/2002, o sea, antes de ser notificada con la demanda y antes de que la misma sea admitida por el Juez.