Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0053/2003
Fecha: 11-Jun-2003
II.1.
II.1. El SIN, a través de GRACO - La Paz, emitió la Resolución Determinativa 025/2001 UJ.-ST de 31 de diciembre de 2001 (fs. 13 a 17), por la que determinó de oficio las obligaciones impositivas del contribuyente “Berthin Amengual y Asociados” S.R.L., en Bs963.347.- por concepto de impuestos omitidos y accesorios de ley, más la sanción de multa de Bs648.117.-, intimando al contribuyente a pagar el monto total en el término de quince días.
- Víctor Hugo Berthin Amengual en representación de la firma “Berthin Amengual & Asociados” S.R.L.
- a)
- b)
- c)
- Fragmento 5
- admitió
- d)
- f)
- II.1.
- II.2. En 18 de enero de 2002
- II.3. En el período comprendido entre la formulación de la demanda contencioso tributaria y su admisión, en 23 de enero de 2002 (fs. 176), la Directora Distrital GRACO - La Paz de entonces, emitió el Pliego de Cargo 04/2002,
- II.5.
- II.6.
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- la interposición de la demanda contencioso tributaria, planteada dentro de término, no le fue notificada sino después de haber librado el Pliego ahora objetado.
- la presentación de la demanda ante el Juez en materia Administrativa
- sino que el mismo debe necesariamente ser dejado sin efecto por la instancia correspondiente
- III.4.