SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0053/2003
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0053/2003

Fecha: 11-Jun-2003

III.1.

III.1.   Conforme establecen los arts. 120.6ª CPE y 79 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), el recurso directo de nulidad procede contra todo acto o resolución de quien usurpe funciones que no le competen, así como contra los actos de quien ejerza jurisdicción o potestad que no emane de la Ley. En ese orden, en el caso sometido a examen, cábele al Tribunal Constitucional determinar si el Pliego de Cargo 04/2002 de 23 de enero de 2002  fue dictado por  GRACO - La Paz con jurisdicción y competencia.