SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0727/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0727/2003-R

Fecha: 03-Jun-2003

a)

El actor alega la vulneración de su derecho a la seguridad jurídica y de la garantía del non bis in idem y de celeridad procesal, en virtud a que el Tribunal de Sentencia Nº 2 (recurrido): a) Consideró erróneamente que no era parte en el proceso penal, cuando dentro del mismo se apersonó como acusador particular; b) Que tampoco se tuvo en cuenta su condición de cónyuge supérstite de su esposa, cuyo fallecimiento ocurrió en la tramitación del juicio, lo que lo convierte en víctima; c) Que con un criterio errado pretende sustanciar un nuevo juicio oral desconociendo los antecedentes del juzgamiento a los imputados, entendiendo que la anulación dispuesta por el Tribunal de apelación es  total, cuando en los hechos la anulación es parcial haciendo una indebida interpretación del art. 413 CPP. Corresponde analizar si tales extremos dan lugar al  otorgamiento de la tutela que brinda el art. 19 constitucional.