Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0727/2003-R
Fecha: 03-Jun-2003
I.3. Trámite procesal en el Tribunal
Mediante Auto Constitucional 211/2003-CA de 5 de mayo, la Comisión de Admisión de este Tribunal solicitó documentación complementaria a la Presidenta del Tribunal Segundo de Sentencia del Distrito Judicial de Cochabamba (fs. 67). Que, ante el informe presentado por esta autoridad (fs. 72), mediante decreto de 14 de mayo de 2003, se notificó al Tribunal de Sentencia de Punata, a objeto de que remitan la documentación solicitada (fs. 73).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- 1)
- 2)
- I.1.2 Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2 Informe de los recurridos
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal
- II.1
- II.3
- II.4
- II.6
- II.8
- II.9
- a)
- III.1 Sobre la personería del recurrente.-
- III.2 Sobre la supuesta violación al principio non bis in idem.-
- III.3 Sobre la supuesta lesión al principio de celeridad procesal.-
- III.4 Pérdida de su condición de parte del Fiscal.
- III.5 Sobre el art. 14.5 del Pacto de derechos civiles y políticos.