SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1154/2003- R
Fecha: 15-Ago-2003
III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
Que, el recurrente solicita tutela a sus derechos a la igualdad, a la seguridad jurídica, trabajo, a una remuneración justa y a los beneficios sociales, consagrados en los arts. 6-I, 7-a)-d)-j) y 162 CPE, denunciando que han sido vulnerados por los recurridos dado que dentro de un fenecido proceso coactivo donde intervino como patrocinante, han revocado la resolución del Juez de la causa, que dispuso la regulación de sus honorarios, habiendo con una agilidad inusual resuelto la apelación del banco coactivante contra dicha resolución, además han recibido y acumulando un memorial cuando el expediente estaba en despacho del vocal relator, como también han vulnerado los arts. 227 y 236 CPC, ya que no se han referido a los puntos apelados y finalmente han basado su decisión en la cláusula décima tercera del contrato de iguala profesional, contrato que al tener causa ilícita es nulo de pleno derecho, ya que nadie puede renunciar a recibir el pago de su trabajo. En consecuencia, en revisión de la resolución del Tribunal de amparo, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen un acto ilegal lesivo de los derechos fundamentales referidos, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.
- recurso
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- a)
- Ramiro Claros Rojas, Edgar Terrazas Melgar y Osvaldo Céspedes Céspedes, Vocales de la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz
- I.2.1
- improcedente
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- (fs. 196)
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- III.3
- III.4
- III.5
- III.6
- III.7
- APROBAR