SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1154/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1154/2003- R

Fecha: 15-Ago-2003

III.2

III.2   Que, dicho entendimiento se sustenta básicamente en el art. 116-III CPE, que textualmente dispone: “La facultad de juzgar en la vía ordinaria, contenciosa y contencioso-administrativa y la de hacer ejecutar lo juzgado corresponde a la Corte Suprema de Justicia y a los tribunales y jueces respectivos, bajo el principio de unidad jurisdiccional.” Marcando la diferencia de funciones de dicha jurisdicción con ésta,  se atribuye a este Tribunal la función de ejercer el control de constitucionalidad.