Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1415/2003-R
Fecha: 26-Sep-2003
El Juez Sexto de Partido en lo Civil Mario J. Jerez Calle
El Juez Sexto de Partido en lo Civil Mario J. Jerez Calle, en forma escrita (fs. 272-273) informó que el proceso fue enviado a su despacho por excusa del Juez de Partido Quinto en lo Civil, quien tramitó y pronunció los actos procesales impugnados y que si bien en el memorial de complementación del recurso, se pidió la revocatoria del decreto de 15 de mayo de 2003, dictado como consecuencia de una solicitud de la parte recurrente en sentido de que se levante las medidas precautorias, dicha resolución pudo ser objeto del recurso de reposición con alternativa de apelación.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- El Juez Sexto de Partido en lo Civil Mario J. Jerez Calle
- Por su parte Omar Carmona Juez Quinto de Partido en lo Civil
- Los Vocales de la Sala Civil Primera
- a)
- c)
- d)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal
- I.1
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- no obstante esta disposición en el parágrafo II del citado precepto, se establece que la garantía no se exigirá cuando el solicitante fuera el Estado, las municipalidades o un beneficiario de gratuidad;
- III.3.
- III.4.
- APROBAR