Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1415/2003-R
Fecha: 26-Sep-2003
II.3.
II.3. Por memorial de 17 de febrero de 2003, la parte recurrente solicita al recurrido Juez Sexto de Partido en lo Civil, se levante la medidas precautorias dispuestas (fs. 80-84), siendo rechazada la petición por decreto de 15 de marzo de 2003, bajo el argumento de haber sido resuelta con anterioridad a través de una resolución impugnada por un recurso de apelación (fs. 84 vta.).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- El Juez Sexto de Partido en lo Civil Mario J. Jerez Calle
- Por su parte Omar Carmona Juez Quinto de Partido en lo Civil
- Los Vocales de la Sala Civil Primera
- a)
- c)
- d)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal
- I.1
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- no obstante esta disposición en el parágrafo II del citado precepto, se establece que la garantía no se exigirá cuando el solicitante fuera el Estado, las municipalidades o un beneficiario de gratuidad;
- III.3.
- III.4.
- APROBAR