SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1415/2003-R
Fecha: 26-Sep-2003
recurso de amparo constitucional
En revisión la Resolución de 11 de julio de 2003, cursante de fs. 282 a 285, pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, en el recurso de amparo constitucional interpuesto por Ana Patricia Prado Zurita y Roxana Patricia Lopez Zeballos, en representación de la Empresa Cono Sur S.R.L. contra Mario Jerez Calle, Juez Sexto de Partido en lo Civil, J. Omar Carmona M., Juez Quinto de Partido en lo Civil, Raúl Pablo Brañez Galindo, Angel Montero Montecinos y Renán Jiménez Sempertegui, Vocales de la Sala Civil Primera de la misma Corte, alegando la vulneración a la seguridad jurídica, a la igualdad procesal, al debido proceso, al comercio y a la propiedad privada.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- El Juez Sexto de Partido en lo Civil Mario J. Jerez Calle
- Por su parte Omar Carmona Juez Quinto de Partido en lo Civil
- Los Vocales de la Sala Civil Primera
- a)
- c)
- d)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal
- I.1
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- no obstante esta disposición en el parágrafo II del citado precepto, se establece que la garantía no se exigirá cuando el solicitante fuera el Estado, las municipalidades o un beneficiario de gratuidad;
- III.3.
- III.4.
- APROBAR