Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0125/2004 -R
Fecha: 27-Ene-2004
III.6
III.6 Con relación al fundamento de identidad de sujeto, causa y objeto, expresado por la autoridad recurrida para pedir se declare improcedente el recurso, cabe señalar que, analizando las resoluciones emitidas por este Tribunal Constitucional, referente a los recursos de amparo constitucional e incidental de inconstitucionalidad, interpuesto con anterioridad por los recurrentes contra el recurrido, se verifica que estos no tienen identidad de objeto respecto al amparo constitucional que se resuelve mediante esta Sentencia, por lo que no corresponde aplicar la causal de improcedencia prevista en la norma 96.2 LTC, como en forma equivocada determinó el Tribunal de amparo.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- No encontrándose el presente Auto Inicial de Proceso 064/98 dentro la previsión del parágrafo V de la cláusula transitoria tercera de la Ley 2492, no ha lugar a lo solicitado"
- a)
- improcedente
- (fs. 229-230).
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.1
- III.1.2
- III.1.3
- SC 0440/2003-R
- III.2
- III.3
- III.3.1
- III.3.2
- III.3.3
- III.4
- III.5
- resoluciones administrativas
- III.6
- 2°