SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1709/2004-R
Fecha: 22-Oct-2004
1.2.3. Intervención de los terceros interesados
Darío Bejarano Monasterio, Lucila del Castillo de Menacho, Ana Vaca Rodríguez, Pacesa Rodríguez Parada, Ruth Sila Poveda, Arcadio Lino Pinto, Eugenio Roca, Juana Farell, Franz Sanguino, en su condición de terceros interesados, a través de su abogado expresaron que el juicio que data de 1989 no fue tramitado por motivos que atingen a la parte querellante, sin embargo la Sala Penal Segunda pronunció el Auto de 8 de mayo de 2004, que admitió la cuestión previa de prescripción de la acción penal, resolución que ha sido emanada después de un profundo análisis del expediente que concluyó con que los tribunales inferiores no tuvieron la oportunidad de analizar el fondo para admitir la cuestión previa de prescripción, la misma que puede ser opuesta en cualquier etapa del proceso penal y es de especial pronunciamiento, por lo que los recurridos no han vulnerado ninguna garantía de la querellante y menos normas procesales, teniendo en cuenta que la querella fue presentada el 18 de septiembre de 1989 y el auto ampliatorio fue pronunciado el 10 de noviembre de 2000, negligencia que es atribuida a la parte querellante, por lo que solicitó se declare improcedente el recurso.
- amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- 1.2.3. Intervención de los terceros interesados
- improcedente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.1.
- Fragmento 19
- la regulación de la prescripción de la acción penal es un asunto de política criminal que adopta el Estado a través del órgano competente
- lo cual a la postre implica que la autoridad judicial competente pierde la potestad de seguir una investigación en contra del ciudadano beneficiado con la prescripción.
- es un instituto jurídico liberador, en virtud del cual por el transcurso del tiempo se extingue la acción o cesa el derecho del Estado a imponer una sanción
- Fragmento 23
- III.1.2.
- Fragmento 25
- la prescripción comienza a correr
- delitos instantáneos
- III.2.2.
- la acción típica se consuma en el momento en que se produce el desapoderamiento,
- III.2.3.
- 9 de enero de 2001
- al concluir que ingresaron al lote de terreno de la querellante presumiblemente en el mes de febrero de 1989
- Fragmento 33
- III.3.
- ello no impide someter a la indicada norma a un nuevo juicio de constitucionalidad, al ser distinto el fundamento en el que se basó tal análisis
- Fragmento 36