SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1709/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1709/2004-R

Fecha: 22-Oct-2004

ello no impide someter a la indicada norma a un nuevo juicio de constitucionalidad, al ser distinto el fundamento en el que se basó tal análisis

              No obstante lo anotado, se debe precisar que es posible interponer una nueva excepción y que la misma sea considerada en el fondo, cuando tanto los argumentos para su presentación como los fundamentos para su resolución son distintos a los esgrimidos en la primera solicitud y en la Resolución que la rechazó.  Este mismo razonamiento fue utilizado por este Tribunal en la SC 101/2004, de 14 de septiembre, para ingresar al análisis, en un recurso directo de inconstitucionalidad, de una norma que con anterioridad fue declarada constitucional, al señalar: “…si bien la última de las disposiciones nombradas fue declarada constitucional, y según el art. 58.V, “La Sentencia que declare la constitucionalidad de la norma legal impugnada, hace improcedente cualquier nueva demanda de inconstitucionalidad contra ella”; ello no impide someter a la indicada norma a un nuevo juicio de constitucionalidad, al ser distinto el fundamento en el que se basó tal análisis; dado que lo que la norma prohíbe es un nuevo examen sobre un mismo fundamento.