SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0127/2004
Fecha: 08-Nov-2004
en la Secretaría del Pleno del Consejo de la Judicatura
El núcleo esencial de la presente demanda, radica en el hecho de que la notaria de Fe Pública María Isabel Galleguillos Arce, el 28 de mayo de 2004, llevó a cabo una audiencia de remate y subasta dentro del proceso ejecutivo instaurado por el Banco de la Nación Argentina contra los ahora recurrentes, cuando pesaba en su contra una Resolución dictada por el Pleno del Consejo de la Judicatura, que le suspendió en el ejercicio de sus funciones por el lapso de treinta días, decisión que le fue notificada el 17 de mayo de 2004 en la Secretaría del Pleno del Consejo de la Judicatura en la ciudad de Sucre. Por esta razón, los recurrentes consideran que la sanción impuesta a la recurrida debía cumplirse a partir del día siguiente de su notificación, es decir del 18 de mayo de 2004 y no del 1 de junio de 2004 como ha sucedido en el presente caso, y que la audiencia de remate celebrada el 28 de mayo del citado año estaba viciada de nulidad, puesto que la Notaria recurrida, al momento de celebrar la misma, sabía que estaba suspendida en el ejercicio de sus funciones.
- recurso directo de nulidad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Autoridad recurrida y petitorio
- rechazó
- I.3. Alegaciones de la autoridad recurrida
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- Fragmento 20
- III.3.
- en la Secretaría del Pleno del Consejo de la Judicatura
- notificada personalmente
- Fragmento 24
- notificación legal