SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0127/2004
Fecha: 08-Nov-2004
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los recurrentes impugnan la segunda audiencia de remate así como el acta efectuada el 28 de mayo de 2004, por la notaria de Fe Pública María Isabel Galleguillos Arce, dentro del proceso ejecutivo instaurado por el Banco de la Nación Argentina contra “Ursic Motors Ltda.” representada por José Antonio Ursic Vrsalovic, Davor Juan Ursic Vrsalovic y José Antonio Ursic Vrsalovic, denunciando que dicho acto fue celebrado por la recurrida aún cuando sabía que estaba suspendida en el ejercicio de sus funciones como consecuencia del proceso disciplinario instaurado en su contra, con cuya resolución fue notificada el 17 de mayo de 2004, por lo tanto, no tenía competencia para celebrar la audiencia de remate y subasta pública referida, ni proceder a la elaboración del acta correspondiente, por lo que solicitan la nulidad de esta actuación puesto que vulnera las normas previstas por el art. 31 de la CPE. En consecuencia, corresponde a este Tribunal determinar si los hechos denunciados son evidentes y si el acto impugnado se encuentra dentro de los preceptos jurídicos previstos por la norma del art. 31 de la CPE para declarar su nulidad.
- recurso directo de nulidad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Autoridad recurrida y petitorio
- rechazó
- I.3. Alegaciones de la autoridad recurrida
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- Fragmento 20
- III.3.
- en la Secretaría del Pleno del Consejo de la Judicatura
- notificada personalmente
- Fragmento 24
- notificación legal