SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0127/2004
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0127/2004

Fecha: 08-Nov-2004

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Los recurrentes impugnan la segunda audiencia de remate así como el acta efectuada el 28 de mayo de 2004, por la notaria de Fe Pública María Isabel Galleguillos Arce, dentro del proceso ejecutivo instaurado por el Banco de la Nación Argentina contra “Ursic Motors Ltda.” representada por José Antonio Ursic Vrsalovic, Davor Juan Ursic Vrsalovic y José Antonio Ursic Vrsalovic, denunciando que dicho acto fue celebrado por la recurrida aún cuando sabía que estaba suspendida en el ejercicio de sus funciones como consecuencia del proceso disciplinario instaurado en su contra, con cuya resolución fue notificada el 17 de mayo de 2004, por lo tanto, no tenía competencia para celebrar la audiencia de remate y subasta pública referida, ni proceder a la elaboración del acta correspondiente, por lo que solicitan la nulidad de esta actuación puesto que vulnera las normas previstas por el art. 31 de la CPE. En consecuencia, corresponde a este Tribunal determinar si los hechos denunciados son evidentes y si el acto impugnado se encuentra dentro de los preceptos jurídicos previstos por  la norma del art. 31 de la CPE para declarar su nulidad.