Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0136/2004
Fecha: 07-Dic-2004
I.4. Trámite procesal en el Tribunal
Habiendo sido sorteado el presente recurso el 23 de agosto de 2004, este Tribunal mediante Acuerdo Jurisdiccional 185/04, de 4 de octubre de 2004 (fs. 248 a 249) amplió el plazo procesal para resolver el mismo hasta el 25 de octubre del año en curso; sin embargo, al no existir consenso, por Acuerdo Jurisdiccional 193/04, de 25 de octubre de 2004, se determinó sortear nuevamente el expediente para su resolución; en esa virtud, se procedió a un segundo sorteo, siendo la fecha del nuevo vencimiento el 7 de diciembre de 2004; por lo que la presente Sentencia es dictada dentro del plazo establecido por Ley.
- recurso directo de nulidad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Admisión y citaciones
- I.3. Alegaciones de las autoridades recurridas
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- Fragmento 11
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- no es “…aplicable a supuestas infracciones al debido proceso
- el recurso directo de nulidad no está destinado a reparar supuestas violaciones al derecho al juez natural, como componente de la garantía del debido proceso
- III.2.
- supuesta lesión impugnada está relacionada con el derecho al juez natural