SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0136/2004
Fecha: 07-Dic-2004
supuesta lesión impugnada está relacionada con el derecho al juez natural
Ahora bien, contrastando los hechos con las normas y la jurisprudencia glosada, se llega a la conclusión de que la Resolución cuestionada no puede ser analizada a través del recurso directo de nulidad, toda vez que la supuesta lesión impugnada está relacionada con el derecho al juez natural, que emerge de la garantía del debido proceso y, en consecuencia, queda fuera de los alcances del recurso directo de nulidad, cuya ratio legis es proteger al ciudadano de los actos usurpativos del poder público y no reparar lesiones a los derechos o garantías de las personas.
Un entendimiento contrario, desnaturalizaría la esencia de este recurso extraordinario y posibilitaría una retardación injustificada de los procesos judiciales o administrativos en curso, lesionando con ello los valores superiores que inspiran nuestro ordenamiento jurídico y el mandato de justicia pronta y efectiva que proclama el orden constitucional.
Por consiguiente, la situación planteada por el recurrente no se encuentra dentro de los alcances del recurso directo de nulidad, por lo que corresponde declarar infundado el recurso, aclarándose que los fundamentos de la presente Sentencia representan un cambio de entendimiento respecto al contenido en la SC 11/2004, de 28 de enero.
- recurso directo de nulidad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Admisión y citaciones
- I.3. Alegaciones de las autoridades recurridas
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- Fragmento 11
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- no es “…aplicable a supuestas infracciones al debido proceso
- el recurso directo de nulidad no está destinado a reparar supuestas violaciones al derecho al juez natural, como componente de la garantía del debido proceso
- III.2.
- supuesta lesión impugnada está relacionada con el derecho al juez natural