SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1877/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1877/2004-R

Fecha: 08-Dic-2004

Fragmento 19

A lo anterior se debe agregar que la supuesta diligencia de notificación con la RA 723  (fs. 12 del T-2), no se halla arrimada al expediente que remitió la SITTEL a este Tribunal (T-1), como lo manda el art. 23 de la LPA; pues sólo pueden tener validez y eficacia jurídica, las piezas procesales que están arrimadas al expediente, dado que esta situación es la que permite el control de las partes sobre el desarrollo transparente del proceso.