SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1877/2004-R
Fecha: 08-Dic-2004
I.2.5. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
Mediante AC 591/2004-CA, de 28 de octubre, a solicitud de la Magistrada Relatora, por requerir mayor análisis y amplio estudio, se solicitó al Superintendente General de SIRESE y al Superintendente de Telecomunicaciones SITTEL, remitir el expediente original del trámite procesal que motivó el presente recurso, suspendiéndose el plazo establecido desde la indicada fecha. Recibida la documental el 10 de noviembre de 2004 se reanudó el plazo siendo la nueva fecha de vencimiento el 17 de noviembre de 2004.
Asimismo a efectos de requerir un mayor análisis para dilucidar el presente recurso, por Acuerdo Jurisdiccional del Pleno del Tribunal Constitucional, 203/04 de 17 de noviembre de 2004, se amplió el plazo procesal por la mitad del plazo principal, siendo la nueva fecha de vencimiento el 15 de diciembre de 2004, motivo por el que la presente Sentencia es pronunciada dentro del plazo legalmente establecido.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- 1)
- a)
- improcedente
- I.2.5. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- Fragmento 19
- III.3. Sobre la indefensión invocada
- RAR 2003/0762
- de la emisión de la segunda factura
- no podrán incluir cobros correspondientes a servicios suministrados con anterioridad mayor a tres meses
- no paga dos (2) facturas mensuales consecutivas
- REVOCA