SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1877/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1877/2004-R

Fecha: 08-Dic-2004

II.5.

II.5.  ENTEL interpuso recurso de revocatoria contra la RAR 2003/0762 (fs.35-37 del T-I), con cuya expresión de agravios no se corrió traslado a COTAS  Ltda. como tercero interesado. Este recurso es admitido por la SITTEL el 17 de noviembre de 2003, admisión con que se notificó a ENTEL S.A. en su domicilio señalado. A  COTAS Ltda. se la notificó mediante cédula en el edificio de la Cámara Nacional de Comercio, piso 9 de la ciudad de la Paz (fs. 40 T-1), que es distinto del domicilio donde la SITTEL le  notificó con la primera Resolución (RAR 2003/762).  A partir de este momento procesal, las notificaciones a COTAS Ltda. son realizadas por cédula en el lugar señalado precedentemente (Edificio de la Cámara Nacional de Comercio, piso 9, de la ciudad de la Paz); entre ellos con: el Auto de ampliación de plazos (fs. 46 T-1); memorial de presentación de pruebas de ENTEL (fs. 57 T-1); providencia que acepta alegatos en conclusiones de ENTEL (fs. 64 T-1); la RAR 2003/1101 (fs. 75 T-1); decreto de admisión del recurso jerárquico (fs. 3 T-2); con la RA 723 (fs. 117 y fs. 12 del T-2).