Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1877/2004-R
Fecha: 08-Dic-2004
REVOCA
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19.IV, 120.7ª de la CPE, 7 inc. 8) y 102.V de la Ley del Tribunal Constitucional, con los fundamentos expuestos REVOCA la Resolución 35/2004, cursante de fs. 150 a 152, pronunciada el 23 de agosto de 2004 por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz y declara PROCEDENTE el recurso, disponiendo:
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- 1)
- a)
- improcedente
- I.2.5. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- Fragmento 19
- III.3. Sobre la indefensión invocada
- RAR 2003/0762
- de la emisión de la segunda factura
- no podrán incluir cobros correspondientes a servicios suministrados con anterioridad mayor a tres meses
- no paga dos (2) facturas mensuales consecutivas
- REVOCA