Asi mismo conforme a lo previsto por el art. 45 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), el Magistrado Relator, por Auto Constitucional 068/2004-CA-Bis, de 2 de febrero, solicitó la remisión de todos los antecedentes relacionados al proceso penal
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Asi mismo conforme a lo previsto por el art. 45 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), el Magistrado Relator, por Auto Constitucional 068/2004-CA-Bis, de 2 de febrero, solicitó la remisión de todos los antecedentes relacionados al proceso penal

Fecha: 20-Feb-2004

h)

h) De 22 de octubre de 2003 elaborado por la trabajadora social de Defensa Pública, por el que concluye que el recurrente cuenta con un ingreso económico mínimo resultado de su trabajo como cocinero del recinto penitenciario con un ingreso de Bs40.- semanales, no recibiendo visita de familiares debido a que los mismos viven en Medellín (fs. 42-43).