Asi mismo conforme a lo previsto por el art. 45 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), el Magistrado Relator, por Auto Constitucional 068/2004-CA-Bis, de 2 de febrero, solicitó la remisión de todos los antecedentes relacionados al proceso penal
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Asi mismo conforme a lo previsto por el art. 45 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), el Magistrado Relator, por Auto Constitucional 068/2004-CA-Bis, de 2 de febrero, solicitó la remisión de todos los antecedentes relacionados al proceso penal

Fecha: 20-Feb-2004

I.3 Trámite procesal en el Tribunal

 Asi mismo conforme a lo previsto por el art. 45 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), el Magistrado Relator, por Auto Constitucional 068/2004-CA-Bis, de 2 de febrero, solicitó la remisión de todos los antecedentes relacionados al proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Jesús María Osorio Torrez y otros por los delitos relativos a la Ley 1008 (fs. 137-138). Al haber llegado a conocimiento de este Tribunal la documentación solicitada, mediante decreto de 19 de febrero de 2004, se reanuda el cómputo del plazo, estando la presente Sentencia dentro del plazo legalmente establecido por Ley.