Asi mismo conforme a lo previsto por el art. 45 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), el Magistrado Relator, por Auto Constitucional 068/2004-CA-Bis, de 2 de febrero, solicitó la remisión de todos los antecedentes relacionados al proceso penal
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Asi mismo conforme a lo previsto por el art. 45 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), el Magistrado Relator, por Auto Constitucional 068/2004-CA-Bis, de 2 de febrero, solicitó la remisión de todos los antecedentes relacionados al proceso penal

Fecha: 20-Feb-2004

recurso de hábeas corpus

En revisión la Sentencia de 4 de diciembre de 2003, cursante de fs. 134 a 135, pronunciada por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, en el recurso de hábeas corpus interpuesto por Jesús María Osorio Tórrez e Iván Dario Aguirre Orozco contra Cesar Portocarrero Cuevas y Claudio Tórrez Fernández, Jueces del Juzgado Primero de Partido de Sustancias Controladas en Liquidación, alegando la vulneración a su derecho a la libertad por detención ilegal e indebida.