Asi mismo conforme a lo previsto por el art. 45 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), el Magistrado Relator, por Auto Constitucional 068/2004-CA-Bis, de 2 de febrero, solicitó la remisión de todos los antecedentes relacionados al proceso penal
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Asi mismo conforme a lo previsto por el art. 45 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), el Magistrado Relator, por Auto Constitucional 068/2004-CA-Bis, de 2 de febrero, solicitó la remisión de todos los antecedentes relacionados al proceso penal

Fecha: 20-Feb-2004

II.7

II.7  El  9 de diciembre de 2003, el recurrente Iván Dario Aguirre Orozco efectuó el depósito de $us1.278,77.- por concepto de fianza (fs. 679-680) y el 23 de enero de 2004, los jueces demandados revocaron la cesación de detención preventiva concedida a su favor por incumplimiento a las medidas sustitutivas impuestas (fs. 874-875).